Antes vs. Después:
la fiscalización ya no necesita estar en tu oficina
Qué cambió
5 ejes que SUNAT redefinió
El D.S. 303-2025-EF reglamenta lo que el D. Leg. 1523 venía anunciando desde hace tres años: comparecencia remota y acceso directo al sistema contable. Esto es lo que cambia, eje por eje.
Presencial obligatoria en las oficinas de SUNAT. El contribuyente o su representante debía trasladarse físicamente para cualquier actuación formal.
Videoconferencia válida como acto formal. Se documenta en acta, con verificación de identidad en cámara, usando el enlace dispuesto en SUNAT Operaciones en Línea.
Entrega física o digital de documentos, únicamente cuando SUNAT lo solicitaba mediante requerimiento expreso. El contribuyente controlaba qué y cuándo entregar.
Perfil de acceso directo al sistema contable: visualizar y descargar reportes en tiempo real. Límite explícito — sin borrar, sin modificar, sin ocultar información.
Limitado por la distancia física al domicilio fiscal. Las fiscalizaciones en provincias tenían fricción logística natural para SUNAT.
Sin limitación geográfica. SUNAT accede desde Lima aunque el contribuyente esté en Piura, Cusco o cualquier provincia del país.
Sin protocolo explícito para actuaciones digitales. Las videollamadas o medios remotos no tenían respaldo normativo claro como acto formal.
Acta obligatoria, plazo determinado de acceso, desactivación del perfil al cierre del procedimiento, y posibilidad de grabación con aviso previo.
Sin consecuencia expresa por no comparecer virtualmente, ya que esta modalidad simplemente no estaba reglamentada como acto formal.
Infracción tipificada (Art. 177 núm. 11 del Código Tributario) + suspensión del plazo de fiscalización mientras dure el incumplimiento.
El impacto se concentra en 3 ejes operativos
Plazos decisivos
Los plazos procedimentales se vuelven críticos: una solicitud de prórroga debe presentarse con 3 días hábiles de anticipación mínima.
Actas con valor probatorio
Las actas ya no solo documentan hechos materiales — también registran incidencias tecnológicas y de acceso a la información.
Perfil de acceso ampliado
Se modifica el Reglamento del Procedimiento de Fiscalización (D.S. 085-2007-EF) para habilitar expresamente este nuevo tipo de acceso.
Sin transición
La norma no establece periodo de adaptación. Los contribuyentes deben estar listos desde el día siguiente de su publicación.
Línea de tiempo normativa
De la ley a la práctica
Lo que antes no tenía costo, ahora sí
Inasistencia injustificada
No presentarse a una comparecencia remota citada formalmente configura infracción según el Art. 177 núm. 11 del Código Tributario.
Suspensión del plazo
Si no se otorga el perfil de acceso, o este se interrumpe, el plazo de fiscalización se suspende hasta que se regularice el acceso.
Esquelas de citación incluidas
Incluso las acciones inductivas que usan esquela de citación entran en este mismo marco — no es un trámite menor.
Sin periodo de transición
No hay fecha posterior de entrada en vigor: el contribuyente debe adecuarse de inmediato a los nuevos requisitos.
Para el contador que defiende
Checklist de preparación
Revisa la trazabilidad de tu sistema contable. El perfil de acceso permite ver y descargar reportes — cualquier inconsistencia es ahora visible en tiempo real.
Define un protocolo interno para comparecencias remotas. Identidad en cámara, soporte técnico y registro del acceso son ahora parte del expediente.
Conoce los plazos de prórroga. Una solicitud presentada fuera de los 3 días hábiles de anticipación no surte efecto.
Capacita a tu equipo en problemas de conexión. El protocolo exige captura de pantalla y comunicación inmediata con el agente fiscalizador si se interrumpe la comparecencia.
Base normativa
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